San Jos‚ de Balcarce, 21 de mayo de 1982 VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de reglamentar los dipositivos de seguridad con que deben estar equipadas las bicicletas y triciclos a pedal con el objeto de preservar la seguridad vial, particularmente en las especiales circunstancias que vive la poblaci¢n con motivo de la restricci¢n de energ¡a el‚ctrica; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BALCARCE en ejercicio de las facultades de Departamento Deliberativo Municipal, sanciona con fuerza de, O R D E N A N Z A ----------------- ARTICULO 1§: Toda bicicleta y triciclo a pedal deber  llevar en su ------------ parte delantera un reflejador (ojo de gato) blanco, uno rojo en la parte posterior y uno amarillo en cada una de las ruedas, colocado entre los rayos de las mismas. Estos reflejadores tendr n un di metro no inferior a los 7 cms. Adem s deber n llevar en los peda- les reflejadores o l minas reflectantes autoadhesivas de color rojo o amarillo.------------------------------------------------------------ ARTICULO 2§: La presente Ordenanza entrar  en vigencia a los quince ------------ (15) d¡as de su publicaci¢n. El no cumplimiento de lo dispuesto por el art¡culo anterior ser  pasible de las sanciones que para tales casos prevee el art¡culo 198 del C¢digo Contravencional.-- ARTICULO 3§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Jefatura de la Divisi¢n Tr nsito, Oficina de Faltas, Oficina de Prensa, publ¡quese y d‚se al Registro Oficial de Ordenanzas.----------------------------------------------- ORDENANZA N§ 412.- ------------------